24 de septiembre de 2023

Procuraduría destituyó e inhabilitó por 11 años a ex Gobernador de Casanare

13 de abril de 2010
13 de abril de 2010

Según la investigación, el entonces Gobernador expidió el decreto 0034 de 2007 para adicionar el presupuesto de esa vigencia fiscal por la suma de 167 mil 138 millones 46 mil 219 pesos, recursos provenientes de reservas presupuestales de 2006, desconociendo el deber de presentar a la Asamblea Departamental el proyecto de ordenanza correspondiente para su aprobación.

Al proferir la decisión, la Viceprocuradora General de la Nación , Martha Isabel Castañeda Curvelo, explicó que, con el decreto en mención, no se constituyeron reservas presupuestales, sino que se adicionó y modificó el presupuesto de la vigencia fiscal 2007, atribución legal que le correspondía a la Asamblea Departamental.

El Ministerio Público calificó esta falta a título de dolo, ya que por su condición de mandatario seccional, el señor Porras Pérez conocía que era atribución de la Asamblea Departamental autorizar al Gobernador para adicionar el presupuesto, como consta en oficio de 20 de febrero de 2007 mediante el cual solicitó a la Duma se le autorizara adicionar el presupuesto, pero sin ninguna justificación decidió retirar el proyecto y procedió a expedir el decreto mencionado.

De otra parte, el Órgano de Control comprobó que hubo irregularidades en la celebración de dos convenios celebrados por la entidad territorial.

El primero se suscribió con OEI, Organización de Estados Iberoamericanos el 29 de diciembre de 2006 por 14 mil 350 millones 434 mil 393 pesos, para el desarrollo y ejecución de diversos proyectos eludiendo el proceso de selección contemplado en el Estatuto General de Contratación Estatal.

La Procuraduría consideró que, el disciplinable desconoció el principio de transparencia señalado en la Ley 80, por cuanto bajo la denominación de convenio de asistencia técnica y de cooperación se autorizó la contratación de distintos proyectos con los procedimientos del organismo internacional, cuando era su deber someter la actividad contractual al Estatuto de Contratación.

Dentro de los proyectos materia del convenio figuran la construcción de escenarios deportivos por 1459 millones 24 mil 340 pesos, dotación de instituciones educativas y laboratorios de matemáticas por 1060 millones 714 mil 832 pesos, terminación de la estación de bomberos en Yopal por 725 millones 2 mil 997 pesos, construcción e interventoría de unidades sanitarias por 1524 millones 597mil 654 pesos.

Así mismo, incurrió en falta disciplinaria al suscribir el convenio 0456 de 27 de diciembre de 2006, por valor de 27 mil 769 millones 803 mil 614 pesos, con la Universidad de Pamplona, sin contar con los estudios previos requeridos para su correcta ejecución dentro del término pactado y omitiendo el deber de vigilar el desarrollo del objeto contratado que era la construcción de 100 aulas de informática e implementación de 250 aulas virtuales, incluyendo 5000 computadores, para las instalaciones educativas oficiales del departamento.

En este convenio no se cuestionó la legalidad de su celebración ni las bondades del proyecto, sino que “resultaba perentorio garantizar la correcta ejecución del objeto contratado a través de estudios completos y actualizados previos a su celebración, máxime si se trataba de un proyecto de alta importancia para la comunidad en el sector educativo”.

Contra la decisión procede el recurso de apelación ante el Despacho del señor Procurador General de la Nación.