Emergencia Social es inexequible: ponencia de magistrado de la Corte Constitucional
La pondencia respectiva, radicada hoy en la secretaría general de la Corte Constitucional, es completamente adversa al decreto que le dio vida jurídica.
El Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, había solicitado a la Corte Constitucional que declare inexequible la declaratoria de Emergencia Social que sirvió de base jurídica a la emisión de los decretos a través de los cuales el Gobierno busca reformar la salud.
Para el jefe del Ministerio Público, no resulta viable transformar el sector mediante la declaratoria de tal estado de excepción, por cuanto considera que la actuación del Ejecutivo, en este sentido, no sigue los parámetros de la Carta Política de 1991.
Versión de Caracol Radio
El magistrado ponente Jorge Iván Palacios consideró que no es viable la Emergencia Social convocada por el gobierno con el fin de solucionar la crisis financiera de la salud.
El magistrado ponente considera que no está lo suficientemente justificada al no haber un hecho extraordinario sobreviniente o repentino que hubiera ocasionado la crisis de la salud.
Así mismo, se consigna que los dineros recaudados producto de la aplicación de los impuestos no sería suficiente para resolver los problemas que está viviendo la salud en Colombia.
La Procuraduría en este caso, habría solicitado la inexequibilidad con los mismos argumentos, además de considerar que hechos como la corrupción y la falta de la actualización del POS habrían ocasionado los problemas que hoy está padeciendo la seguridad social en Colombia.
Versión de Colprensa
MIGUEL ANDRÉ GARRIDO
BOGOTÁ, COLPRENSA
La Corte Constitucional, como lo dio a conocer Colprensa este martes, analiza una ponencia negativa del magistrado Jorge Iván Palacio sobre la emergencia social.
Problemas de carácter estructural insalvables son las razones en las cuales la Corte Constitucional sustenta su rechazo a la emergencia social, decretada por el Gobierno Nacional a finales del año pasado.
Según pudo conocer Colprensa, las violaciones al Artículo 215 de la Constitución Nacional hacen parte de los argumentos del magistrado Jorge Iván Palacio al proponer, en su ponencia radicada este miércoles, la inconstitucionalidad del Decreto 4975 de 2009, en que se sustenta la emergencia.
Las razones, consignadas en cerca de 390 páginas, le dan la razón a los contradictores de la propuesta gubernamental, y fueron puestas a disposición de sus ocho compañeros del alto tribunal.
La ponencia, sin embargo, se cuida de dejar caminos abiertos para buscar soluciones a los problemas del sistema de salud colombiano. Uno de ellos sería dejar en manos del Congreso de la República la reforma que requiere hoy la seguridad social en salud.
El criterio del magistrado ponente se suma a las opiniones de expertos consignadas en el expediente, según las cuales inyectarle dinero al sistema, tal como se encuentra en la actualidad, sería depositar recursos en un saco roto.
A pesar de esto, son varias las voces en la Corte que reclaman avalar parte de los decretos que con posterioridad al 4975 fueron expedidos, pues los juristas consideran que sí ayudan en algunos temas.
Esta intención, sin embargo, tiene en contra el hecho que las primeras consideraciones apuntan a que, una caída del decreto madre (el 4975), traerá como consecuencia obligada la caída de las demás normas.
Un dilema central que discutirán los magistrados tiene que ver con las normas que se relacionan con tributos. Las discrepancias apuntan a que de dejar pasar dichas propuestas se afectaría el bolsillo de sectores sociales ya golpeados por la situación económica.
Lo cierto es que se espera una dura discusión al interior de la Sala Plena constitucional, y no se descarta que en el camino se produzcan cambios a la ponencia radicada por el magistrado Jorge Iván Palacio Palacio.
La última palabra la tiene la sala plena de la Corte Constitucional. Sin conocer cómo están repartidas las cargas al interior de la Corte sobre este tema, no se pude sostener que la emergencia social esté sepultada.
EL NO DEL PROCURADOR
De producirse una decisión negativa, los magistrados acogerían la petición que el pasado 2 de marzo hizo el Procurador General, Alejandro Ordóñez, quien les pidió que declaren inexequible el Decreto 4975 de 2009.
Entre las razones esgrimidas por el jefe del Ministerio Público está el que la crisis no es producto de hechos que sobrevengan de manera repentina e imprevista, además que el Gobierno puede utilizar vías ordinarias para proponer y construir las soluciones que el sistema de salud necesite.
"Esto excluye la vía extraordinaria de la declaratoria del estado de emergencia social", precisó Ordóñez.
IMPUESTOS
Frente al Decreto 127 de 2010, que incrementa impuestos para bebidas alcohólicas, juegos de suerte y azar, tabaco y cigarrillos, el Procurador sostuvo que ese texto no expresa en qué forma restablecerá la situación de emergencia que pretende solucionar.
"En sus motivaciones no define cómo las medidas que decreta son suficientes para que con ellas se conjure la crisis que va a remediar, y no justifica que con los recursos adicionales se logren enderezar las deficiencias estructurales del sistema", explicó Ordóñez.
Otra de las razones que argumentó el jefe del Ministerio Público fue que ese decreto no consulta los criterios de equidad, pues sólo establece cargas a un determinado grupo de consumidores y no distingue su capacidad de pago.
Para el Procurador, la crisis en la salud por la que atraviesa el país no se debe al origen de los recursos sino al flujo de los mismos, así como a la falta de actualización del POS, la afiliación estancada para el régimen contributivo, la falta de mayor inspección, vigilancia y control y a problemas de corrupción, entre otros aspectos.
El Gobierno Nacional decretó la emergencia social justificando la desfinanciación del sistema por el suministro de servicios no POS y por fallas en el desarrollo del sistema de salud, pero, para la Procuraduría, esa declaratoria no reúne las condiciones que establece la Constitución Política.