28 de marzo de 2024

Gobernación fortalece lucha contra la pornografía infantil en Internet

9 de diciembre de 2009
9 de diciembre de 2009

El evento académico se llevará a cabo este jueves 10 de diciembre, a partir de las 8 de la mañana en las instalaciones del Auditorio Gonzalo Vallejo de la Gobernación, indicó el Secretario de Gobierno de Risaralda, Germán Darío Saldarriaga, quien precisó que este evento hace parte de las estrategias trazadas para el fortalecimiento de acciones contra la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes, donde se socializará la Ley 1336 sancionada por el Gobierno Nacional contra el turismo sexual.

Saldarriaga Arroyave indicó que según la norma, los café Internet al igual que los prestadores de servicios turísticos, hospedajes y aerolíneas deben adoptar códigos de conducta eficaces que promuevan la prevención y eviten la utilización y explotación sexual de menores, en desarrollo de sus actividades.

"La normatividad también indica que el Ministerio de Comunicaciones tendrá competencia para exigir a los proveedores de servicios de Internet toda la información que considere necesaria, a fin de que informen qué mecanismos o filtros de control están utilizando para el bloqueo de páginas con contenido de pornografía con menores de edad", explicó el funcionario.

Otros aspectos de la Ley

Por su parte, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo adelantará estrategias de sensibilización e información sobre el fenómeno del turismo sexual con niños, niñas y adolescentes, y solicitará para el efecto el concurso, no sólo de los prestadores de servicios turísticos, sino también de los sectores comerciales asociados al turismo.

Extinción de dominio y otras sanciones

La Ley también contempla la aplicación de las normas sobre extinción de dominio a los hoteles, pensiones, hostales, residencias, apartahoteles y a los demás establecimientos que presenten el servicio de hospedaje, cuando estos inmuebles hayan sido usados para actividades de utilización sexual de niños, niñas o adolescentes.

Los bienes, rendimientos y frutos que generen los inmuebles objeto de extinción deberán destinarse a la financiación del Fondo para la Explotación Sexual de Menores.

Además, la normatividad establece que quienes dirijan, organicen o promuevan actividades de turismo sexual con niños, niñas o adolescentes, incurrirán en prisión de cuatro a ocho años. La pena se aumentará en la mitad cuando la conducta se realizare con menor de doce años.

La penalización también cobija a quienes fotografíen, graben, filmen, produzcan, divulguen, vendan, compren, posean, porten, almacenen, transmitan o exhiban por cualquier medio, representaciones de actividad sexual que involucren menores de 18 años de edad.

Estas personas incurrirán en prisión de 10 a 20 años y una multa de 1.500 salarios mínimos legales vigentes, pena que se aplicará en las mismas condiciones a quienes alimente con pornografía infantil bases de datos de Internet, con o sin fines de lucro. La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad, cuando el responsable sea integrante de la familia de la víctima.