28 de septiembre de 2023

«No puede haber impunidad por violación de derechos humanos»: Fiscal General

26 de noviembre de 2009
26 de noviembre de 2009

“La providencia señala que en el caso del avión de Avianca no hay prescripción de la acción penal, y contextualiza esta decisión con otros casos”, en los que la organización liderada por Pablo Emilio Escobar Gaviria, actuó de forma sistemática, generalizada y consciente en contra de la población civil, para alcanzar sus objetivos, explicó Pareja Reinemer.

Señaló, que la providencia de la fiscal especializada de Medellín no ordena reabrir los otros casos, sino que da una pauta para su estudio por parte de la Fiscalía General, que decidirá si hay lugar a proponer una acción de revisión de los procesos en los que ya hubo cesación, preclusión y absolución. Si son reabiertos o no, es competencia de los jueces, añadió.

El Fiscal (e) señaló, además, que hechos como el atentado al DAS, la bomba de El Espectador, el secuestro de Francisco Santos, el homicidio del entonces procurador general, Carlos Mauro Hoyos, entre otros, hacen parte de los casos que contextualizan la providencia de la fiscal especializada, y aclaró, que aquellos crímenes cometidos por el Cartel de Medellín por venganzas o por enfrentamientos con rivales no pueden considerarse como potenciales delitos de lesa humanidad.

Según la providencia de la fiscal, el atentado del avión de Avianca perpetrado el 27 de noviembre de 1989, cuando murieron 107 personas, hace parte de un proceso de exterminio y asesinato adelantado por el Cartel de Medellín contra civiles, que lo ubica en la categoría de delitos de lesa humanidad, con la consiguiente imprescriptibilidad.

El fiscal Parejo aseveró, finalmente, que “en los casos de violaciones graves de derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario no puede haber impunidad en Colombia”.