14 de noviembre de 2024

Procuraduría destituye e inhabilita por 20 años a ex alcalde de Marsella (Risaralda)

21 de octubre de 2009
21 de octubre de 2009

De acuerdo con la investigación llevada a cabo por la Procuraduría Provincial de Pereira, el burgomaestre suscribió varios convenios y contratos para la pavimentación de la calle 9° entre carreras 13 y 14, sin tener en cuenta los principios de selección objetiva y de transparencia.

En efecto, durante el mes de mayo de 2005, Hernández Nieto celebró tres convenios interinstitucionales con la Cooperativa de Caficultores de esa localidad, por 27 millones de pesos en total, para que esta ONG contratara personal y efectuara sus pagos, en las obras de pavimentación de la citada vía pública. También suscribió dos órdenes de suministro de material sub-base con el señor Ancizar Velásquez Pérez, por un total de 14' 026.500 pesos. Y, finalmente, celebró dos órdenes de prestación de servicios con el ingeniero Bernardo Pérez Castro para la consultoría y asesoría técnica y administrativa de dicha pavimentación, por un total de 7'700.000 pesos.

La Procuraduría Provincial de Pereira estableció que la Cooperativa de Caficultores de Marsella no tenía la capacidad jurídica y técnica para la suscripción de los convenios, dado que es una persona jurídica de derecho privado, con la cual no se podría celebrar contratos interadministrativos, como lo exige la ley, y su objeto social no tiene ninguna relación con el servicio contratado ni con el objeto material del contrato el cual era la ejecución de obra de pavimentación.

Además, concluyó que dado que el objetivo de las obras independientes era uno solo: pavimentar la calle 9 entre carreras 13 y 14, este trabajo debió realizarse bajo la modalidad de contratación directa de menor cuantía, regulado en el artículo 11 del Decreto 2170 de 2002 y no a través de convenios y contratos que desembocaron en una contratación subjetiva.

Por esta razón, calificó la falta como gravísima y destituyó e inhabilitó a Hernández Nieto por 20 años.

Contra este fallo procede el recurso de apelación.