28 de marzo de 2024

Procuraduría pide nulidad de proceso contra ex senador Álvaro García

25 de septiembre de 2009
25 de septiembre de 2009

Considera el Ministerio Público que las diligencias adelantadas contra el ex parlamentario deben retornar a su juez natural, es decir, el juez especializado de esta ciudad a quien en su momento asumió su conocimiento.

En el mencionado auto se reafirma la nueva postura jurisprudencial relacionada con la competencia de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia para conocer las actuaciones penales en contra de los aforados de carácter constitucional, cuando han cesado en el ejercicio de sus cargos, lo que a juicio del Ministerio Público constituye una violación a las garantías al debido proceso, juez natural, legalidad y las otras que entran a complementarlas.

Señala, además, en su concepto que el concierto para delinquir agravado, no guarda relación con la función de los miembros del parlamento al tratarse de una conducta punible que en su descripción típica, contempla únicamente para su configuración la asociación para cometer delitos, que independientemente que se despliegue en el Congreso de la República no constituye el desarrollo de una conducta vinculada con las funciones de los congresistas, ni involucrada con la naturaleza especial de su fuero.

Tampoco el homicidio simple y agravado, ni el peculado por apropiación a favor de terceros que se le endilgan al ex parlamentario Alvaro García Romero tienen relación con las funciones congresionales y, por ello, el conocimiento del proceso debe permanecer en el juez especializado de esta ciudad, su juez natural.

En consecuencia “no tenía cabida la aplicación del fuero pleno o especial de investigación y juzgamiento descrito en el parágrafo 235 de la Carta Política para prorrogarlo en este punto, por no tener relación los delitos mencionados, ni vínculo alguno con las funciones de parlamentario”, agregó la Procuraduría.