10 de octubre de 2024

La «Dimayor» prohibió el uso de camisetas, banderas y gorras en los estadios

3 de agosto de 2009
3 de agosto de 2009

En el mismo sentido, prohibió a los clubes locales la venta directa y por paquete de boletas de cualquier nominación al club visitante o sus barras.

La resolución respectiva es la siguiente:

RESOLUCION No. 004 de 2009
Agosto 3

Por la cual se adoptan medidas de urgencia con el fin de controlar la situación de violencia en los estadios de Fútbol Profesional Colombiano

EL PRESIDENTE DE LA DIVISION MAYOR DEL FUTBOL COLOMBIANO
“DIMAYOR”

En uso de sus facultades legales y estatutarias y en particular de las
que le confieren los artículos 48º literal t) de los Estatutos de la Entidad, y
Considerando:

1. Que se siguen presentando hechos violentos en el torneo de Fútbol Profesional Colombiano que hacen necesaria la imposición de medidas de urgencia para el tratamiento de estas situaciones.
2. Que se han agotado las instancias legales, reglamentarias y de diálogo con las distintas barras de los equipos participantes en el torneo Profesional de Fútbol Colombiano, sin resultados positivos.
3. Que resulta imperativo fomentar y recuperar la paz en los estadios con el fin de velar por la seguridad, comodidad y convivencia en la organización y práctica de este espectáculo deportivo.
4. Que para el tratamiento del problema de la violencia en los estadios se hace necesaria la respuesta mancomunada de las autoridades del fútbol y del Estado relacionadas con la salvaguarda del orden público y seguridad.
Resuelve:
Artículo 1°. A partir de la fecha y hasta nueva orden queda prohibido el ingreso al estadio, de personas que porten cualquier elemento alusivo al equipo visitante (Camisetas, banderas, gorras, etc.).
Artículo 2°. En el mismo sentido, se prohíbe a los clubes locales la venta directa y por paquete de boletas de cualquier nominación al club visitante o sus barras.
Artículo 3°- Los clubes locales son responsables del cumplimiento de las medidas restrictivas anteriormente estipuladas.
Artículo 4°- Se exhorta a las autoridades locales de seguridad y a la Policía Nacional para la toma de medidas tendientes a restringir los desplazamientos de las barras de equipos visitantes.
Artículo 5° – Igualmente, se le reitera a la Policía Nacional todo el apoyo por parte de la Dimayor para la toma de medidas que propendan por la efectividad de estas disposiciones y todas aquellas que estén encaminadas a erradicar la violencia de los estadios del país dentro de los términos Reglamentarios de la FIFA, la Federación Colombiana de Fútbol y la Dimayor.
Artículo 6° – De conformidad con los estatutos de la entidad, se convoca a Reunión Especial de Clubes afiliados Clase A para el día jueves 13 de agosto de 2009 con el fin de ratificar o modificar las medidas de urgencia adoptadas mediante esta resolución.

Comuníquese y cúmplase.

EL PRESIDENTE, EL SECRETARIO,
RAMON JESURUN FRANCO RAFAEL E. ARIAS ESPINOSA