28 de marzo de 2024

Reglamentan pago de impuestos de los Independientes

15 de febrero de 2020
15 de febrero de 2020


Cartagena, 15 de febrero_ RAM_
Los independientes que trabajan por cuenta propia porque tienen un consultorio odontológico o prestan asesorías (por ejemplo) ya no podrán reportar los costos en los que incurren para realizar su actividad económica a fin de reducir el monto sobre el cual aportarán a la seguridad social.

La Unidad de Gestión de Pensiones y Parafiscales (UGPP) emitió la resolución que reglamenta el tema y, aunque se trata de ampliar las reglas de juego, puesto que la norma ya venía prevista en el Plan de Desarrollo y luego fue ratificada en la llamada Ley de Crecimiento económico (reforma tributraria), la nueva resolución SI trae algunas novedades que hay que tener en cuenta.

La resolución incluye un listado de actividades a las que les podrán aplicar el concepto de presunción de costos. La cifra fue estimada en 60 %, lo que quiere decir que su seguridad social la aportarán sobre el 40 % restante del ingreso.

Esta medida se debe a que, como el trabajo independiente se hace por cuenta propia, muchos ciudadanos reportaban costos hasta del 100 %, con lo cual, terminaban pagando muy poco para la seguridad social.

Hay que destacar que la presunción de costos es uno de los dos caminos existentes. En caso de que el independiente tenga todos los soportes de sus gastos y los presente a la entidad, será este el sendero válido.

De acuerdo con las explicaciones de la UGPP, los sectores escogidos, entre los cuales está la agricultura y ganadería, la construcción, el comercio al por mayor y menor, las actividades de salud, entre otras, son aquellas en las cuales es difícil demostrar los costos en los que se incurre para realizar la actividad económica.

Un odontólogo, por ejemplo, podía reportar gastos enormes, inclusive más altos de lo que le genera su actividad, alegando compra de equipos y materiales para atender a los pacientes.

Por ahora, pese a la expedición de la resolución, no se descarta que puedan ingresar más actividades.

Según la UGPP, se trata de un beneficio para el independiente, puesto que ya no tendrá que aportar el recibo que pagó al mecánico que le arregló el vehículo que utiliza para hacer su trabajo, ni la factura por tanquear el carro, lo que se convertía en un lio pues en las gasolineras no había facturación. Ahora, simplemente habrá la presunción de que sus costos para ejercer la labor de la cual devenga su ingreso, es del 60 por ciento. En el caso de un agricultor, el costo incluye rociar, fumigar la cosecha, entre otras.