28 de marzo de 2024

La protesta social, al banquillo

27 de diciembre de 2019
Por Rubén Darío Barrientos
Por Rubén Darío Barrientos
27 de diciembre de 2019

En un país, donde los indignados son el personaje del año 2019 para El Tiempo; la cacerola, es el personaje del año para El Espectador y Publimetro, y el grito de la juventud en medio de las protestas, es el personaje del año para la Revista Semana, hablar de regular la protesta social en Colombia es meterse en camisa de once varas y enfrentarse a una auténtica leonera. El senador antioqueño Juan Diego Gómez, presentó un proyecto de ley para abrir el debate y regular las manifestaciones sociales. Hay mucho de coraje para afrontar este asunto. Ya los primeros mandobles y reprimendas, emergieron. El inefable Armando Benedetti, expreso que “todo intento de reglamentar las manifestaciones es fascismo”. Y los parlamentarios Inti Asprilla  y Juan Carlos Losada, no se quedaron cortos, al manifestar que “la propuesta de estigmatizar la protesta pacífica, representa un proyecto de delirio de la extrema derecha”.

El senador Gómez, parte de un principio general: las cifras de las últimas protestas mostraron 387 civiles y 389 miembros del Esmad, heridos. Como lo concluyó: los excesos en las protestas son de parte y parte, a lo que antepuso que resulta necesario implementar derechos y deberes de los manifestantes y la fuerza pública. O dicho de otra manera: quienes protestan deben sacrificar una parte de sus derechos para respetar a los demás. Es un borrador de proyecto de ley que hoy tiene quince artículos, pero que se irá depurando y complementando hasta el mes de marzo de 2020, cuando sea radicado. Incluso, se llevarán a cabo foros y conversatorios para pulir una iniciativa que tendrá visos de conjunta. Vale la pena, pues, sopesar este proyecto pues tiene puntos interesantes, así algunos periodistas ya anticiparon que tendrá hundimiento de quinta categoría.

Sobre la base de reivindicar las marchas y protestas como un derecho fundamental, se pretende prohibir: (i) manifestantes encapuchados y que escondan sus identidades, (ii) marchantes armados, (iii) afectaciones a las estructuras físicas de carácter vandálico, (iv) movilidad en ciertas zonas a menos de 500 metros (hospitales, aeropuertos, puertos marítimos y fluviales), (v) obstrucciones de vías por más de diez horas. Y para la fuerza pública, en el evento en que tenga que intervenir por hechos de violencia, solo puede recurrir a armas de electrochoque o taser, prohibiéndose emplear artefactos de fuego. Se prevé también la adquisición de pólizas de seguros para los organizadores, para cubrir eventuales daños en infraestructuras. También se habla de sanciones a los infractores como perder beneficios de créditos ante el Icetex o becas otorgadas por el Estado.

Así mismo, se consagra un fondo para la democracia, para indemnizar afectados por los daños durante las protestas hasta por $ 41.4 millones. Dice el senador Juan Diego Gómez, que la estructura sobre la que reposa este proyecto de ley se sustenta en: pagar una deuda con el constituyente, limitar el poder del Estado, evitar la estigmatización de la protesta y garantizar los derechos de quienes no participan en las marchas. No será fácil cabalgar este proyecto de ley, máxime que hay que luchar contra-corriente, porque se vende la idea de que cualquier forma de restricción a la movilización social en Colombia puede pulverizarse ante la misma Corte Constitucional. Toda una papa caliente, pero me parece que el arrojo del senador Gómez de liderar este asunto tan controversial, no es despreciable, y su cometido se concibe para ambos lados.

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