28 de marzo de 2024

Entrevista con el penalista Horacio Gómez Aristizábal “El presidente Duque está en mora de declarar la conmoción interior”

20 de julio de 2019
20 de julio de 2019

Por Guillermo Romero Salamanca

Para Horacio Gómez Aristizábal, abogado penalista, conferencista, catedrático universitario, creador del departamento del Quindío, la situación de orden público por la que atraviesa el país, “necesita de medidas urgentes como la declaratoria de la conmoción interior”.

“Después de los llamados de atención por parte de organismos internacionales por el aumento de los cultivos de droga en el país, de la llegada de los carteles mexicanos de la producción y distribución, del arribo de cientos de delincuentes que salieron de las cárceles venezolanas directamente a cometer crímenes en diversas ciudades, del incremento de asesinatos de policías y soldados por las llamadas disidencias de las FARC, del incremento de atracos en centros comerciales, conjuntos residenciales, asaltos en las vías nacionales, se requiere la conmoción interior para ajustar procesos judiciales en el país”, comenta el destacado jurista.

“Es que los grandes gobernantes piensan en el futuro, vislumbran lo que puede ocurrir y todas estas situaciones afectan a los ciudadanos. Nicolás Maduro, con el propósito de continuar en el poder ha desterrado a millones de compatriotas para que le quede más fácil gobernar, ha sacado a miles de delincuentes de las cárceles, ha enviado al país a un sinnúmero de indocumentados, enfermos y Colombia está pagando cara esa situación”, agregó el doctor Gómez Aristizábal.

“Para nadie es extraño que la frontera con Venezuela se ha convertido en un camino para exportar droga tanto a Estados Unidos como a Europa, gracias a los privilegios que les ha dado el gobierno venezolano, ante la mirada atónita del mundo. Esto ha sido aprovechado por los carteles mexicanos que reclutan a jóvenes del vecino país para sembrar y transportar cocaína, marihuana y hasta morfina. En un contubernio maléfico con esos planes están unidos con guerrilleros, ex guerrilleros, paramilitares y delincuentes comunes amparados por el gobierno de Maduro y esto requiere llamar la atención internacional y apoyarse en el artículo 213 de la Constitución Nacional”, manifiesta el abogado.

“Por otro lado, algo se tiene que hacer y advertir sobre las muertes de tantos líderes sociales. Eso se debe acabar”, expresó el abogado.

ARTÍCULO 213 DE LA CONSTITUCIÓN

“En caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de Policía, el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el Estado de Conmoción Interior, en toda la República o parte de ella, por término no mayor de noventa días, prorrogable hasta por dos períodos iguales, el segundo de los cuales requiere concepto previo y favorable del Senado de la República”.

“Aquí se planteó la conmoción interior hace unos días para el caso de Santrich, pero es que la ciudadanía también está desesperada con el incremento desmesurado de atracos, asaltos, muertes de policías y que la justicia esté inoperante con estos hechos. Las bases para una situación jurídica de esta categoría están dadas. El presidente Duque está en mora de firmar ese Decreto”, sentenció.

El doctor Horacio Gómez Aristizábal es abogado y escritor, pertenece a varias academias nacionales y del exterior, es pionero en la creación del departamento del Quindío, fundador presidente de la Academia Hispanoamericana de Letras y Ciencias, autor de 60 libros, cofundador de la Academia de Historia del Quindío y trabajador incansable de la ciencia del Derecho.

Foto Crónica del Quindío

INCREMENTO DE LOS DELITOS

En junio se informó que las hectáreas cultivadas de hoja de coca aumentaron un 11%, pasando de 188.000 en 2016 a 209.000 en 2017. La producción de cocaína tuvo un incremento del 19%, al pasar de 921 toneladas métricas en 2017 frente a las 772 que se registraron en 2016.

La presencia de los carteles de Sinaloa y Jalisco ha sido reportada por decenas de ciudadanos en la Costa Atlántica, Norte de Santander, Tumaco, Buenaventura y Guainía.

LA CONMOCIÓN INTERIOR EN COLOMBIA

Desde la promulgación de la Constitución de 1991, la Conmoción Interior ha sido decretada en varias oportunidades. Tres fueron respaldadas por la Corte Constitucional y dos declaradas inconstitucionales.

10 de julio de 1992. El presidente César Gaviria apeló a ella para evitar la libertad de procesados –guerrilleros, paramilitares y terroristas –en un periodo donde se estaba dando el tránsito de unas normas a otras.

8 de noviembre de 1992. Una escalada terrorista de la guerrilla y la intimidación a funcionarios y contratistas, así como ataques a cárceles, llevaron al Gobierno a decretar nuevamente la Conmoción Interior.

1 de mayo de 1994. Fue decretada la Conmoción Interior para evitar la salida masiva de presos peligrosos de las cárceles debido a la morosidad en la justicia.

16 de agosto de 1995. Se apeló a este mecanismo para fortalecer la justicia y el sistema carcelario, superar la congestión judicial, crear delitos y reformar procedimientos para enfrentar a la delincuencia común y organizada y a la guerrilla.

2 de noviembre de 1995. Luego del asesinato del ex designado Álvaro Gómez Hurtado y la amenaza contra otros dirigentes políticos y gremiales.

1 de agosto del 2002. Por los ataques de las bandas armadas, organizadas y financiadas por el narcotráfico, el secuestro y la extorsión.

10 de septiembre del 2008. Se argumentó que la administración de justicia no estaba funcionando de manera normal y adecuada. La Corte Constitucional tumbó la declaratoria del estado de conmoción interior, entre otras cosas, por considerar que se trataba de la congestión judicial de la cual padece el país.