28 de marzo de 2024

Atención: etiquetas de bebidas azucaradas no estarían diciendo la verdad

15 de marzo de 2019
15 de marzo de 2019
Esperanza Cerón Villaquirán, directora de Educar Consumidores

Por Guillermo Romero Salamanca

Es posible que el consumidor para evitar problemas de obesidad y de diabetes revise los niveles de contenido de azúcar de caña, azúcares y glutamato monosódico, pero se puede engañar, porque los productores no estarían diciendo la verdad.

Según un análisis que hizo la ONG Educar Consumidores, entre el 2016 y 2018, el contenido de 62 bebidas azucaradas comercializadas en Colombia, los resultados muestran que, en un número significativo de los productos, los compuestos analizados no corresponden con lo declarado en el etiquetado.

En el país el consumo de bebidas azucaradas va en aumento, según fuentes oficiales 3 de cada 10 colombianos entre los 13 y 18 años toman bebidas azucaras una o más veces al día, 6 de cada 10 lo hacen semanalmente y 8 de cada 10 las consumen por lo menos una vez al mes (ICBF 2011) (DANE, 2017).

Por otra parte, en el 2013 el consumo per cápita de bebidas gaseosas fue de 52.4 litros/año, el de refresco de frutas fue de 12.5 litros/año y el de mezclas de polvo para preparar refresco o bebidas instantáneas fue de 298 gr/año (OPS 2015).

En Colombia más de 23 millones de colombianos y colombianas que padecen de exceso de peso y sus graves consecuencias.

Ante este aumento significativo del consumo, los investigadores de Educar Consumidores, Rubén Ernesto Orjuela y Esperanza Cerón Villaquirán realizaron un estudio de caso “basado en la normatividad vigente en Colombia sobre el etiquetado, las implicaciones que tienen sobre la salud el consumo de bebidas azucaradas y la importancia del rotulado en las decisiones de consumo”.

NO SE CUMPLE CON LA LEY

Esta investigación se diseñó para determinar, mediante análisis de laboratorio, el nivel de cumplimiento del rotulado de algunas bebidas azucaradas, específicamente en su contenido de azúcar de caña, azúcares y glutamato monosódico.

“Los resultados de esta investigación son contundentes: de las 62 bebidas analizadas en sus contenidos de azúcares, se encontró que 41 productos no están informando el contenido real de sus componentes a los consumidores, bien sea porque el valor declarado de azúcares supera el rango establecido por la Ley o porque contienen azúcares o glutamato monosódico no declarado en su etiqueta”, dijo la doctora Esperanza Cerón, este 15 de marzo, día mundial de los derechos de los consumidores.

“Como reivindicación de estos derechos exigimos a los entes de control más rigurosidad sobre el seguimiento de los productos alimenticios comercializados en el país, y que adopten medidas ante la falta de un etiquetado que informe de manera clara, suficiente y real el contenido de los productos”, comentó la investigadora.

CRECE LA OBESIDAD

La pandemia de la obesidad es creciente en el mundo y en Colombia. La última Encuesta de la Situación Nutricional en Colombia ENSIN 2015, mostró que la tendencia de aumento de peso es creciente, en especial entre los escolares en quienes el exceso de peso se incrementó en un 30% con relación a los datos de 2010.

“Uno de los grandes causantes del exceso de peso, diabetes, enfermedades cardiovasculares, hipertensión y algunos tipos de cáncer, es el consumo habitual de bebidas azucaradas”, puntualizó el doctor Rubén Ernesto Orjuela.

RECOMENDACIÓN MUNDIAL

Por tal motivo, la Organización Mundial de la Salud ha recomendado una y otra vez que su consumo debe ser desincentivado, con medidas fiscales, restricción de su publicidad y restricción de su comercialización en ambientes escolares.

“A pesar de esta situación, el Estado colombiano en lugar de seguir estas recomendaciones, les ha dado privilegios fiscales y una normatividad débil que es ampliamente favorable a los fabricantes y poco amigable con los derechos de los consumidores”, recordó la doctora Esperanza.

MÍNIMA REGULACIÓN

“En Colombia es poca la información y regulación sobre las bebidas azucaradas (BBAA), no se cuenta con una definición formal que las agrupe, la normatividad no se ocupa de sus contenidos de azúcares, ni aditivos, los requisitos de etiquetado son mínimos y no brindan información clara a los consumidores. Existen unas pocas normas segmentadas, por tipos de bebidas, que centran su exigencia en buenas prácticas de manufactura, cumplimiento de etiquetado, porcentajes de fruta, y contenidos de cafeína y taurina en bebidas energizantes (BE)”, explicó la doctora Esperanza.

“El control y seguimiento de dicha normatividad es función del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA). Pero a su alcance limitado, y no garantiza a los consumidores que el contenido de los productos corresponda a lo declarado en el etiquetado. Este panorama motivó a Educar Consumidores a realizar un estudio de caso de bebidas azucaradas en la ciudad de Bogotá en un periodo de 24 meses, en los años 2016, 2017 y 2018.

Bebidas azucaradas

RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN

“En este periodo se realizó observación, seguimiento y análisis de laboratorio del nivel de cumplimiento del rotulado de 62 BBAA en lo referente a cantidades de azúcares reportados y en 47 de ellas se evaluó, adicionalmente, el contenido de glutamato monosódico, azúcar de caña, y otros azúcares a base de glucosa y fructosa. En total se practicaron 119 pruebas de laboratorio, en donde las bebidas fueron analizadas hasta 3 veces en diferentes periodos de tiempo”, dice el informe de Educar Consumidores.

Los resultados fueron sorprendentes, de las 62 bebidas analizadas, 20 contienen cantidades de azúcares con diferencias de más del 20% con respecto a lo reportado en la etiqueta. De las 47 bebidas con análisis adicionales, 27 reportan en su etiqueta azúcares diferentes a los encontrados en el laboratorio y 13 contienen glutamato monosódico no reportado en la etiqueta.

“Los hallazgos nos llevan a concluir que, a pesar que el etiquetado es la forma en que el fabricante de BBAA informa al consumidor sobre su producto; esta comunicación es desigual y desfavorable al consumidor”, comentó el informe.

La razón –explica el documento– radica en que el fabricante cuenta con toda la información objetiva del producto, sus componentes, cualidades y defectos; mientras que, el consumidor se ve sujeto a confiar en lo que el fabricante le transmite en las etiquetas y la publicidad.

Las diferencias notables entre lo encontrado en el laboratorio y lo reportado en algunos de estos productos nos lleva a pensar que las personas que los consumen lo hacen basados, presuntamente, en una información incompleta, confusa y posiblemente engañosa.

Este estudio de caso muestra que los derechos de los consumidores se ven vulnerados, en especial el de elegir de manera informada; porque la normatividad vigente es débil y privilegia a los fabricantes sobre los consumidores.

“Los hallazgos dan cuenta de la ineficacia de los entes de control del Estado para la proteger los derechos de los consumidores y certificar la veracidad de los contenidos declarados por los fabricantes”, concluyeron.