Rol y responsabilidad de los Copasst
Diego Franco Molina
Todas las entidades con el compromiso y liderazgo de las áreas de talento humano, deben comprometerse a implementar el SG-SST y darlo a conocer a todos sus trabajadores y empleados con el fin de preservar la Salud, el Bienestar y la productividad desarrollando actividades tendientes a fortalecer la promoción de la seguridad y salud en el trabajo; fomentando una cultura del autocuidado y la prevención de los riesgos profesionales, y de consumo de sustancias sicoactivas en el ambiente laboral, con el fin de lograr el mejoramiento de la calidad de vida y de trabajo de los funcionarios a efecto de comprometerse además a prevenir y corregir todos aquellos aspectos que el ámbito laboral y organizacional, puedan generar efectos nocivos en sus trabajadores, para ello es fundamental además el compromiso de los trabajadores a participar en las actividades y estrategias tendientes a minimizar los riesgos en su entorno laboral, procurando evitar que ocurran accidentes graves, mortales y enfermedades laborales. Este enfoque busca el amparo dentro del espacio laboral, para evitar o prevenir que se generen riesgos contra la integridad de los colaboradores; debemos así convertir a los COPASST en un mecanismo eficaz y participativo para la apropiación de conductas laborales sanas que garanticen salud, bienestar y seguridad. Es decir estos comités deben garantizar que los riesgos de la enfermedad o accidentes derivados del trabajo, se reduzcan a la mínima expresión, contribuyendo a la protección de la integridad física de lo más valioso que tienen las empresas que es su TALENTO HUMANO , en virtud a que al interior de nuestras organizaciones o empresas, estos se constituyen en el organismo que se encargara de la promoción, divulgación, información y vigilancia de las normas y reglamentos de seguridad y salud en el trabajo; gestionando el autocuidado y recomendando practicas saludables en este sentido y motivando la adquisición de hábitos seguros en todos los niveles de nuestras organizaciones y empresas, sugiriendo la Vigilancia en el desarrollo de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial les compete. Para ello debemos crear conciencia que su misión es apoyar las obligaciones del empleador y generar compromiso, sentido de solidaridad, preocupación por sí mismos y sus compañeros de labor ayudando a identificar y solucionar las condiciones de trabajo que puedan generar riesgo para el equipo de compañeros, como una instancia que vigila, hace seguimiento y hace mejoras al sistema .
Representan pues lo COPASST un canal de comunicación entre trabajadores y empleadores y en esa misma medida son un importante espacio de socialización en lo referente a los temas de seguridad laboral al interior de las empresas. Siendo ámbitos de participación que los trabajadores han conquistado para el fomento y la vigilancia de lo concerniente a la salud en su quehacer rutinario en el lugar de trabajo. Pero valga decir que aún no logran constituirse en esa verdadera herramienta de discusión y monitoreo de la salud laboral, puesto que pueden existir sin dialogo social o sin atender los verdaderos problemas y necesidades que se presentan en la cotidianidad de las áreas de trabajo; en virtud a que algunos comités, son muy formales en el pape, pero poco operativos en su quehacer y su conformación casi en su totalidad se hace de manera impositiva y sin contar con la voluntad de los mismos trabajadores, quienes a regañadientes aceptan su inclusión dentro de estas instancias, muchos de ellos se encuentran inactivos o son inoperantes o simplemente no hacen la tarea o no cumplen las funciones encomendadas en la ley y por lo tanto no muestran resultados efectivos sobre su valiosa responsabilidad organizacional, pero más allá de los propósitos a veces restrictivos que le impone la política y la ley a estos comités, tanto los trabajadores como sus organizaciones deben tomarlos como una oportunidad para participar, auto gestionar, vigilar o concertar la política empresarial o institucional de la salud laboral en procura del mejoramiento, el bienestar y la salud e los trabajadores. Su éxito está condicionado a un trabajo en equipo y la contribución activa, responsable y constructiva de todos sus miembros en pro de la seguridad laboral.
En resumen este es uno de los componentes más importantes dentro del nuevo del SG-SST, pues no solo constituye un valioso apoyo para los empleadores, en costos, productividad, ausentismo etc.; con el propósito de evitar enfermedades laborales y accidentes sino que también les otorga presencia y aportación real a nuestros trabajadores dentro del sistema; ello a pesar de que el parágrafo segundo del artículo 65 de la ley 1429 del 2010 “Por la cual se expide la ley de formalización y generación de empleo” suprimió la obligación del empleador de registrar los COPASST ante nuestro Ministerio, ello no implica que debamos relajarnos en su cumplimiento, observancia y puesta en funcionamiento, como una obligación fundamental para la protección de los derechos de los trabajadores.