28 de marzo de 2024

Secretario de la JEP aclara su pronunciamiento sobre Diego Palacio

5 de abril de 2017
5 de abril de 2017

Bogotá, 05 de abril de 2017 (RAM) En el comunicado de prensa el secretario ejecutivo de la Jurisdicción Especial para la Paz, Néstor Raúl Correa aclara su intervención en el foro sobre los avances de la justicia trasnacional.

Dice que no es cierto que el exministro Diego Palacio «hubiera reconocido el delito de cohecho» sino que se limitó a dar cuenta del derecho de petición que Palacio hizo llegar a su despacho para acogerse a la Justicia Especial.

Comunicado

Comunicado de la Secretaría Ejecutiva Transitoria a la opinión Publica Esta mañana Néstor Raúl Correa Henao, Secretario Ejecutivo Transitorio de la Jurisdicción

Especial para la Paz, realizó un conversatorio con la presencia de la Comunidad Internacional y los medios de comunicación con la finalidad de informar sobre los primeros avances. El Secretario Ejecutivo Transitorio quiere aclarar lo siguiente, teniendo en cuenta que se puso en boca de él palabras que no dijo. Durante el Conversatorio, y para responder a preguntas formuladas por los periodistas presentes, el SE mencionó el derecho de petición ejercido por el ex ministro Diego Palacio. En ese derecho de petición se lee lo siguiente: “ Insisto, con el fin de demostrar de manera preliminar a lo que se realizará con posterioridad en el marco de mecanismo de renuncia a la persecución penal, la relación entre la conducta punible de cohecho por dar u ofrecer a mi endilgada y el conflicto armado, plantearé el argumento en dos partes : (i) Expondré las consideraciones por la cuales según lo fallado por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia se puede concluir que la supuesta conducta por la cual fui condenado, tenía como fin lograr la reelección del gobierno del Presidente Álvaro Uribe y con ello, de su política de Seguridad Democrática; (ii) Probaré el vínculo existente entre la continuidad de las políticas del gobierno del Presidente Uribe Vélez, lograda a través de su reelección, y la persecución a los Grupos Armados al margen de la ley, dentro de los cuales se encontraban las FARC. Las anteriores dos premisas me permitirán concluir que, de la sentencia condenatoria proferida en mi contra, se desprende, según el alto tribunal, que la conducta judicializada fue realizada con el objetivo de lograr un cambio en el régimen constitucional vigente hasta ese momento, que permitiera la reelección del Presidente Álvaro Uribe Vélez. Reelección que tenía como pilar fundamental y principal motivador la continuidad y la consolidación de la Política de Seguridad Democrática, la cual integraba una serie de medidas que impactaban directamente el desarrollo de la lucha contra los grupos armados al margen de la ley.” Por tanto, no es cierto que el Secretario Ejecutivo Transitorio haya dicho que el ex Ministro Palacio reconoció el delito de cohecho, sino que se limitó a dar cuenta del derecho de petición e insistió que “allí se decía” lo que se menciona en el párrafo citado. Se invita de la manera más amable a los medios de comunicación a no citar frases sensibles fuera de contexto y a continuar este diálogo iniciado hoy con el fin de informar de la manera más adecuada el desarrollo de esta Jurisdicción.