18 de abril de 2024

Avanza proyecto de ley que prohíbe el alquiler de vientres con fines de lucro

3 de noviembre de 2016
3 de noviembre de 2016

Bogotá, 03 de noviembre de 2016 (RAM). La Comisión Primera de la Cámara aprobó en primer debate el proyecto de ley que “prohíbe el alquiler de vientres con fines de lucro en Colombia y se reglamenta su práctica”.

La iniciativa, de autoría de la senadora María del Rosario Guerra y del representante Santiago Valencia, fue aprobada con 19 votos a favor y uno en contra.

Tras destacar la aprobación del proyecto, la Senadora sostuvo que se pretende poner fin una práctica que vulnera los derechos humanos, en tanto que las mujeres como los bebés son tratados como mercancías.

“Atenta contra la dignidad de la mujer y contra los derechos de los no nacidos.

Este es un tema que se ha vuelto comercial y eso es lo que queremos evitar”, afirmó.

Por su parte, el representante Valencia expresó la necesidad de prohibir el alquiler de vientres como ya se ha hecho en países desarrollados.

“Esta es una actividad que ha sido prohibida en la mayoría de los países desarrollados y que ha hecho que de allí vengan a países en vías de desarrollo a buscar mujeres en situación de vulnerabilidad para alquilar su vientre, lo cual  vulnera abiertamente los derechos de ellas y de estos niños”, señaló el Representante.

La maternidad subrogada, más conocida como alquiler de vientres, ha sido entendida en Colombia como la contratación de una mujer que se compromete a gestar un bebe con la obligación de entregarlo a los solicitantes cuando nazca, quienes a su vez se comprometen a criarlo. Por su parte, la mujer gestante debe renunciar a la filiación.

El Proyecto de seis artículos propone:

  1. Prohibir la práctica de alquiler de vientres con fines de lucro y regularla para parejas colombianas con problemas de infertilidad o gestación.
  1. La definición del concepto de alquiler de vientres.
  1. La nulidad de pleno derecho de los actos jurídicos en los que se pacten la obligación de alquilar el vientre con fines de lucro.
  1. Penas entre seis y ocho años a quien promueva, financie, pague, colabore o constriña a una mujer para alquilar su vientre.
  1. Reglamentación por el Ministerio de Salud frente al procedimiento en los casos permitidos.
  1. Vigencia de la ley.