29 de marzo de 2024

Farc tendrá que reportar bienes antes del plebiscito

27 de septiembre de 2016
27 de septiembre de 2016

BOGOTÁ, 27 de septiembre de 2016. La Fiscalía General de la Nación advirtió esta tarde que el patrimonio ilícito acumulado durante el conflicto NO se encuentra saneado y que los miembros de las Farc que no reporten o entreguen a ese organismo los bienes de origen ilegal que están en su poder, serán judicializados.

Obsrvó que los delitos que se cometan con posterioridad a la entrada en vigor del acuerdo final quedan sometidos al régimen ordinario de la ley penal y serán del conocimiento exclusivo de la Fiscalía General de la Nación.

Comunicado:

27 de septiembre de 2016

Con ocasión del acto oficial de firma del “Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”, y en relación con el régimen jurídico allí previsto, la Fiscalía General de la Nación se permite manifestar:

1. La paz es derecho a cuya cumplida realización estamos comprometidas las autoridades como deber constitucional y legal.

2. La Fiscalía entregará oportunamente al sistema de justicia transicional los informes que le permitan investigar y juzgar las graves conductas ocurridas con ocasión del conflicto armado y velará celosamente porque sea efectivo el derecho de las víctimas a la NO REPETICIÓN. En tal sentido, la Fiscalía ha dispuesto lo pertinente para actuar en el territorio como guardián jurídico de los compromisos adquiridos y judicializará con todo rigor cualquier conducta penal que escape a la palabra empeñada por par Partes, en defensa de la integridad de los ciudadanos y de los propios colombianos reincorporados a la vida civil.

3. Los delitos que se cometan con posterioridad a la entrada en vigor del acuerdo final quedan sometidos al régimen ordinario de la ley penal y serán del conocimiento exclusivo de la Fiscalía General de la Nación.

4. Con miras a contribuir a la cumplida ejecución del Acuerdo Final, la necesidad de que exista claridad absoluta sobre el alcance jurídico que emana del mismo, y en últimas, evitar cualquier clase de equívocos, la Fiscalía considera imprescindible puntualizar lo siguiente:

– Todo delito que se consume con posterioridad a la entrada en vigor del Acuerdo Final será objeto de investigación, acusación y condena únicamente por parte de la jurisdicción ordinaria, con sujeción al régimen de penas y de procedimiento ordinario.

– Frente a delitos que por su naturaleza son de ejecución continuada (v.gr. reclutamiento de menores, conservación de plantaciones ilícitas, entre otros) iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia del Acuerdo Final, serán de competencia de la Fiscalía General de la Nación si se prolongan en el tiempo con posterioridad a dicha vigencia.

5. El patrimonio ilícito acumulado durante el conflicto NO se encuentra saneado. Sin perjuicio del deber de las autoridades y particularmente de la Fiscalía, de extinguir a favor de la Nación el dominio de tales bienes, debe tenerse presente que cualquier acto que se lleve a cabo con posterioridad a la entrada en vigencia del Acuerdo Final, consistente en invertir, transformar, almacenar, conservar, custodiar o administrar bienes de origen ilícito, o que tiendan a darles apariencia de legalidad o se legalicen, constituirá el delito de “Lavado de Activos” de que trata el artículo 323 del Código Penal, además de otras conductas punibles que se puedan configurar.