29 de marzo de 2024

Tribunal Administrativo de Caldas, avaló reestructuración de Concejo de Manizales

23 de marzo de 2016
23 de marzo de 2016

Concejo de Manizales debate taurino

El Tribunal Administrativo de Caldas, declaró infundadas las objeciones que el entonces Alcalde de Manizales, Jorge Eduardo Rojas, le hizo al proyecto de acuerdo por medio del cual se modificó la planta de personal del Concejo Municipal. Con ponencia del Magistrado, Jairo Ángel Gómez Peña, el Tribunal le dio la razón al ex presidente de esa corporación edilicia, Francisco Javier González Sánchez.

La Sala con ponencia del Magistrado Jairo Angel Gómez Peña, decidió sobre las objeciones presentadas por el ex alcalde, Jorge Eduardo Rojas Giraldo, al proyecto de acuerdo 123 de Junio de 2015, expedido por el Concejo Municipal de Manizales.

Los antecedentes son los siguientes:

El 10 de Noviembre de 2015, el Alcalde de entonces Jorge Eduardo Rojas, presentó escrito ante el Tribunal Administrativo de Caldas, con las siguientes pretensiones:

Primero: Que se declaren fundadas las objeciones en derecho propuestas por el Alcalde de Manizales y las que en el presente escrito se proponen, como por ejemplo, que el proyecto fue presntado durante los cuatro meses anteriores a las elecciones del 25 de Octubre y que en consecuencia violaría la norma, como lo explicó el ex presidente del Concejo de la capital de Caldas, Francisco Javier González Sánchez.

Así las cosas, explica el Tribunal, el proyecto de acuerdo discutido, tenía una vigencia a partir del 1 de Diciembre de 2015, tal y como se establece en el artículo 14 del proyecto de acuerdo examinado, es decir, que mal podría decirse que entre el 25 de Junio de 2015 y el 25 de Octubre de ese año, se hubiera modificado la planta de personal del Concejo de Manizales, pues lo que ocurrió fue que la discusión que pretendía modificar la planta de personal, se dio entre el 22 de Junio de 2015 y el 29 de Octubre del mismo año, con arreglo a la normativa legal vigente en materia de carrera administrativa.

Adicionalmente, explican los Magistrados, está demostrado que el segundo debate al proyecto de acuerdo se dio efectivamente durante ese período de prohibisión, para llevar a efecto modificaciones a la nómina del Concejo, sin embargo, debido a la objeción presentada por el Alcalde municipal, la discusión del proyecto de acuerdo fue postergada hasta después de las elecciones adelantadas el 25 de Octubre de 2015, dando lugar a la lectura del proyecto y aprobación de objeciones, sólo hasta el 29 de Octubre del mismo año, tal como consta en los audios de las respectivas sesiones del Concejo, siendo aprobado el proyecto definitivamente, el 31 de Octubre de 2015.

Conforme a lo expuesto, no encuentra la Sala elementos de juicio para declarar próspera la objeción propuesta, en tanto, en la práctica no se adelantó la creación de cargos a-dhoc, con el propósito de proveerlos en beneficio de candidatura o candidaturas o aspiraciones electorales de cualquier procedencia; no se llevó tampoco la designación de servidor público, alguna dentro del período en discusión, ni es perceptible que tal hubiera sido la intención si se toma en cuenta el carácter esencialmente del procedimiento adoptado para modificar la planta de personal, con arreglo a la normativa legal en materia de carrera administrativa.

Todo lo anterior, lleva a que la Sala deba enfatizar que no emerge vulneración de la norma traída en concepto de violación, pues la prohibición de rango constitucional y legal, atañe a que la modificación de la nómima, tenga lugar dentro de los cuatro meses anteriores a las elecciones a cargos de elección popyular, “salvo que se trate de provisión de cargos por faltas definitivas, con ocasión de muerte o renuncia irrevocable del cargo correspondiente, debidamente aceptada, y en los casos de aplicación de las normas de carrera administrativa”, subraya la sala.

En este sentido, el Tribunal Aministrativo de Caldas, resolvió:

Declárense infundadas las objeciones presentadas por el Alcalde Municipal de Manizales, para la época Jorge Eduardo Rojas Giraldo, respecto del proyecto de acuerdo 123 de 2015 “por medio del cual se modifica la planta de personal del Concejo Municipal y se ajusta el manual específico de funciones y competencias laborales, se deroga el acuerdo 0628 d 2006 y se dictan otras disposiciones”, conforme a las razones contenidas en la parte motiva de esta providencia.

RCN la RAdio Caldas