Constituyente para la justicia
Con la misma hubo ampliación de la participación política, mayor pluralismo, consagración y protección de los derechos fundamentales, la acción de tutela, nuevos organismos judiciales, Corte Constitucional, Fiscalía General de la Nación, Consejo superior de la Judicatura, la Defensoría del Pueblo, con el sano propósito de buscar una mejor aplicación de justicia en el país, con resultados negativos en esta materia tan fundamental para la convivencia social.
Han transcurridos dos décadas y esa Constitución del 91 ha sido manoseada con 30 reformas y más de 450 proyectos de reforma generándose una inestabilidad jurídica que ha dado nacimiento a la tesis del control de constitucionalidad de las reformas constitucionales mediante los vicios de competencia, que nos hace concluir que ha llegado el momento de pensar seriamente en una revisión integral de la carta política, pero no a través de actos legislativos tramitados por el Congreso de la Republica, por los intereses de partido, de grupos, y ambiciones soterradas que allí se ventilan, como lo demuestran las experiencias cuando de modificar la constitución se trata.
No es hipérbole decir que la mayoría de los colombianos coincidimos en que el Congreso ha dado muestras de ser incapaz de afrontar y resolver los múltiples problemas sociales, económicos, de seguridad, manejo técnico de un adecuado plan de desarrollo que le garantice a la nación su futuro, actuando más como apéndice del ejecutivo, no siendo gratuita la larga, virulenta y persistente campaña de desprestigio contra los organismos de representación popular, incluidos los partidos políticos, al considerar los diferentes estamentos de opinión que durante más de medio siglo esos Congresos elegidos en los últimos años solo han servido para apoderarse del presupuesto, en el pasado con los llamados auxilios parlamentarios, en la actualidad con los cupos indicativos, diligentes para imponer cargas tributarias y aprobando con sumisión cuanta reforma fiscal presente el ejecutivo, retrasando o eludiendo reformas estructurales en salud, de pensiones, de justicia, como se demuestra con la que se tramita en donde se ignora al ciudadano de a pié.
A lo anterior se le suma la presencia en dicha Rama Legislativa de personajes de dudosa reputación, muchos vinculados a grupos al margen de la ley, como se ha comprobado con las sentencias condenatorias por parte de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, listado de parlamentarios que daría para llenar una columna.
La falta de credibilidad de la institución parlamentaria estimuló y propició una reforma constitucional a través de una Asamblea Nacional Constituyente del año 1991, en donde se clausuró el Congreso, arca de Noé de la clase política, celosamente cerrado y abroquelado a cualquier intento de renovación y cambio, situación que pareciera se reviviera en el momento presente por cuanto se escuchan con insistencia voces autorizadas de la academia, la juridicidad, sociedad civil, litigantes, de la necesidad de que se convoque una nueva Asamblea Nacional como instancia política para modernizar el Estado en esta etapa del post conflicto en tema crucial como lo es la justicia, ante la impotencia de un Congreso de estudiar con objetividad, sin intereses de partido, ambiciones ilógicas, la organización judicial hoy amenazada por un remedo de reforma sin sentido denominado de equilibrio de poderes, en donde se consagra la creación de un engendro burocrático que se encargará del auto gobierno de la rama con el pomposo nombre de Comisión Nacional de Gobierno y Administración judicial, que a su vez estará integrada por un Consejo de Gobierno Judicial, una Junta Ejecutiva de Administración Judicial, una Gerencia de la Rama Judicial y una Dirección de la Magistratura. Se necesitará guardas de tránsito para garantizar la libre locomoción de tanto funcionario por los pasillos del palacio de justicia.
La idea de una Asamblea Nacional Constituyente debe ser considerada como una propuesta que merece ser debatida, y no ser rechazada de plano por cuanto constituye una forma del poder ciudadano con la característica de ser derivada, por tratarse de una institución jurídica prescrita en la Constitución política, sin que ello implique como lo tratan de insinuar voceros oficiales un rompimiento del orden institucional, manteniendo la plena vigencia del marco normativo estatal, salvo aquellos temas que se decida expresamente derogar.
Ahora bien, lo que no es sano para la institucionalidad, como se consagra en la teoría constitucional es que el control del poder, se haga por el mismo poder, máxime cuando está en manos de corporaciones cuestionadas, sin ninguna confiabilidad ciudadana, que nos hace reflexionar que ninguna ley o reforma será buena cuando tiene ese origen.
Reconocemos que la Constitución del 91 es positiva en principios, derechos y deberes fundamentales, pero falla en el capítulo de justicia, en donde se diseñaron instituciones que a lo largo de estos años han dado pobres resultados en materia de eficiencia y eficacia de la actividad jurisdiccional y si episodios de inseguridad jurídica, escándalos de corrupción, casos de los tristemente célebres Pretel, Villarraga,Miranda, Escobar Gil y Rojas Ríos, investigaciones en mora de ser reveladas las conclusiones a la opinión pública, que observa perpleja como transcurren los días sin que se conozca pronunciamiento alguno, con un gran temor que se imponga el trámite procedimental del TAPE , TAPE,TAPE.
Estamos a tiempo de darle al país un nuevo modelo de justicia y no nos lo impongan desde la Habana.
Adenda: A propósito del memorando de entendimiento suscrito en días pasados por la Presidencia de la Republica, Ministerio del Transporte, Aerocivil, Gobernación de Caldas, y Alcaldía de Manizales ,en donde se pretende trazar una hoja de ruta para la continuidad de las obras civiles de aerocafé las cuales se encuentran al garete por diversas circunstancias que van desde lo técnico a lo presupuestal, conviene se analice con la mayor objetividad lo allí planteado para determinar si en realidad existe la voluntad política del Gobierno Nacional para sacar adelante este anhelo de los Caldenses.
Memorando de entendimiento es un documento parecido a un contrato que jurídicamente no vincula a las partes, que solo tiene como objetivo dejar constancia del propósito de los firmantes en llevar a cabo en un futuro una actividad o la realización de una obra, presentando características precisas, que no son más que las siguientes:
Una declaración oficial, debidamente sustentada, en el que las partes firmantes están comprometidas en ejecutar el proyecto objeto de estudio; una revisión detallada con aclaración de los puntos o asuntos claves que han impedido llevar a cabo la negociación, el contrato respectivo, o la obra; una valoración del interés de la otra parte para llevar a cabo el respectivo contrato o la obra objeto del memorando de entendimiento; un análisis detallado de los avances de la obra o del proyecto, y la más importante, se proporcionen las garantías en caso de que el acuerdo o memorando de entendimiento suscrito llegare a fracasar.
Por lo visto, el documento que se ha dado a conocer no reúne los presupuestos atrás analizados y no pasará de ser un canto a la bandera, manejado con suma habilidad administrativa por el gobierno central en esta etapa preelectoral, para evitarle un descalabro en el mes de octubre a los candidatos que presente la unidad nacional y puedan tener una respuesta al votante sobre este malogrado proyecto que viene generando inconformidad, críticas y cuestionamientos al jefe de Estado por las promesas incumplidas.
Así las cosas, ese memorando de entendimiento más parece un memorando de entretenimiento, para bajarle temperatura a los justos reclamos de una población que se siente burlada, abandonada en su transporte aéreo y por fuera de los planes de desarrollo aeronáutico que tanto pregona el responsable de esta área de infraestructura a nivel nacional..
Bogotá, Abril 21 de 2015.
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