28 de marzo de 2024

Tribunal determinó prioridad para colombianos y residentes para la donación de órganos

4 de septiembre de 2013
4 de septiembre de 2013

 

El fallo, hecho público este lunes por la Corte Constitucional, es una respuesta a la demanda de un ciudadano brasileño, identificado como Jordán Benedito Razzini, contra el Instituto Nacional de Salud, la Dirección Seccional de Salud de Antioquia y el Hospital San Vicente de Paúl.

El brasileño, que no residía en Colombia, interpuso la demanda al serle denegado el trasplante de hígado que requería por su condición de extranjero no residente en el territorio nacional.

Este ciudadano se trasladó a la ciudad de Medellín el 10 de noviembre de 2010 para solicitar al Hospital San Vicente de Paúl el trasplante de hígado porque en su país de origen las listas de espera para esa operación eran muy largas y la tasa de donación muy baja.

Tras serle denegado el trasplante, el ciudadano brasileño presentó una acción de tutela que fue negada en primera instancia pero concedida en segunda, por lo que se obligó al Hospital a incluirlo en su lista de espera.

La Corte Constitucional advierte que “la inclusión de extranjeros no residentes en el territorio nacional en las listas de espera para trasplantes de componentes anatómicos del país, vulnera los derechos fundamentales de los nacionales y extranjeros residentes”.

El alto tribunal justifica que el proceso de asignación de dichos componentes a los pacientes se realiza por criterios técnico-científicos dentro de los cuales se encuentra el turno en la lista de espera, pero existen otros criterios de mayor importancia como el estado de salud del receptor.

Es por eso que en el fallo hecho público este lunes, la Corte Constitucional reconoce que “la acción de tutela está siendo utilizada por los extranjeros no residentes en el territorio nacional para ser incluidos en las listas de espera para trasplante de componentes anatómicos en igualdad de condiciones que los nacionales y extranjeros residentes”.

La Corte ordenó en su sentencia revocar la acción de tutela concedida al ciudadano brasileño por un tribunal de Medellín e insta al Instituto Nacional de Salud a emitir una nueva circular de procedimiento para el caso.