28 de marzo de 2024

Papel del Ministerio del Trabajo en sistema de coordinación de actividades del Pacto Agrario

15 de septiembre de 2013
15 de septiembre de 2013

 

Dicha tarea la cumplirá conjuntamente con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

La tarea involucra las actividades que se realizarán en las instancias públicas, privadas y de inclusión social, relacionadas con la formulación, ejecución y seguimiento de las políticas, programas, planes y proyectos necesarios para el cumplimiento de este compromiso.

El sistema de coordinación de actividades tendrá como funciones: apoyar la articulación de las iniciativas y acciones que se adelanten en las diferentes entidades públicas relacionadas con el cumplimiento del Pacto; asesorar al Presidente de la República y al Gobierno Nacional en la formulación de los lineamientos, en concordancia con los planes y programas de desarrollo del país.

Así mismo, proponer un modelo de gestión que incluya la asignación de responsabilidades; sistemas de medición y seguimiento de indicadores del cumplimiento del Pacto Nacional por el Agro y el Desarrollo Rural, rendición de cuentas y divulgación ante la sociedad civil de los resultados de su gestión; proponer acciones para la modernización de instituciones y normas que afecten el cumplimiento del Pacto Nacional por el Agro y el Desarrollo Rural y las demás inherentes al cumplimiento de los objetivos del sistema de coordinación de actividades públicas, privadas y de inclusión social para el cumplimiento del Pacto Nacional por el Agro y el Desarrollo Rural.

La articulación del sistema de coordinación de actividades se realizará a nivel municipal a través de los Consejos Municipales de Desarrollo Rural; a nivel departamental a través de los CONSEA y a nivel nacional a través del Consejo Nacional Agropecuario y Agroindustrial, instancias que tendrán a su cargo labores de coordinación y diálogo entre las autoridades municipales, departamentales y nacionales, las comunidades rurales y las públicas y privadas para el desarrollo y cumplimiento del Pacto Nacional por el Agro y el Desarrollo Rural.

Del desarrollo de las acciones ejecutadas por estos Consejos en el marco del Sistema de coordinación de actividades, se dará cuenta a los Ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural y del Trabajo.

Consejos Municipales de Desarrollo Rural

Para los efectos del cumplimiento del Pacto Nacional por el Agro y el Desarrollo Rural, los Consejos Municipales de Desarrollo Rural sesionarán de forma ampliada, integrados por el Alcalde, quien lo presidirá; los Representantes del Concejo Municipal, de las entidades públicas nacionales o regionales que adelanten acciones de desarrollo rural; de las organizaciones de campesinos y de los gremios con presencia en el municipio; de las Centrales Obreras y Federaciones Sindicales agrarias; de las organizaciones de víctimas del conflicto armado interno; de mujeres; de organizaciones indígenas; afro descendientes y de las comunidades rurales del municipio.

Será el Ministerio del Trabajo, el que determine la participación y representación de las organizaciones sociales en cada Consejo Municipal de Desarrollo Rural, en ejercicio de la función de promoción del diálogo social.

Finalmente, el Decreto estipula que  en el marco de las acciones derivadas del Pacto Nacional por el Agro y el Desarrollo Rural, los Ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural y del Trabajo, velarán por que los Consejos Seccionales de Desarrollo Agropecuario (CONSEA) y el Consejo Nacional Agropecuario y Agroindustrial adecuen, en lo que sea pertinente, su integración y funcionamiento para actuar como instancias de articulación del Sistema que por este decreto se crea.