29 de marzo de 2024

La Ley del Talión

17 de septiembre de 2013

pacho
¿Y de qué se trata?

Del principio jurídico de reciprocidad, mejor de la equivalencia, entre el daño hecho y la pena impuesta, algo así como aquello que ahora se llama justicia retributiva, pero cuya expresión ancestral más exacta es el “ojo por ojo, diente por diente”. Y no es incumbencia de oftalmólogos y odontólogos.

Está en el Antiguo Testamento, puntualmente en la ley mosaica,  Éxodo 21:23-25, Levítico 24:18-20 y Deuteronomio 19:21 y rigió hasta el Talmud cuando los rabinos introdujeron que la pena se convertiría en compensación económica; en el Código de Hammurabi (1792 a. C.), una de cuyas leyes, la 230, estableció que se mataría al hijo del constructor si la casa construida se caía matando al hijo del propietario; en la romana Ley de las XII Tablas, mezcla de la Ley del Talión y normas menos oscurantistas, como se podrá observar en la Tabla VIII y prácticamente halla su final con el Sermón del Monte, Mateo 5:38-39; en el Derecho Germánico el espíritu de esta ley se revelaba en la apelación a la Blutrache o venganza de sangre.

No obstante la derogatoria paulatina sufrida por la brutal ordenanza, aún hoy en los albores del siglo XXI la población musulmana sigue sufriendo sus rigores, no sé yo si por disposición del Corán o de otras disposiciones atávicas.

Modernamente quien mejor atacó la aplicación de las disposiciones de la Ley del Talión fue Mahatma Gandhi y de ello da cuenta  su dicho: “ojo por ojo y el mundo quedará ciego”.

En Colombia no seremos musulmanes, aunque mucho convendría para legalizar polígamos y poliándricas que por estos pagos campean, pero en el fondo asistimos en el ejercicio de los deberes públicos a la aplicación sutil de la Ley del Talión, porque no otra cosa pareciera que hacen el presidente Santos y la Sala Penal con las sacadas de clavos a que vienen dedicados.

De un lado el presidente, como en las peores épocas de la vida republicana, viene empleando la purga y la plancha como práctica de gobierno para vanamente pretender aplacar múltiples voces disidentes y estimular por efecto contrario a quienes inclinaron resignados sus cervices y de otro lado, los magistrados que obran con olvido de cuestiones tan elementales, como la aplicación de la sana crítica a la hora de tomar decisiones referidas a la libertad de las personas y de aquello dicho por  Séneca: “bonus index damnat improbanda, non odit” -el juez honesto condena las cosas reprobables, pero no odia-.

Entonces, el reclamo es porque cesen las amenazas a la libertad de Álvaro Uribe Vélez y se la devuelvan a Luis Alfredo Ramos Botero y Óscar Arboleda Palacio, O ¿es que así de bastante nos vamos pareciendo a Cuba y Venezuela?

¡Exprópiese, encarcélese!

Tiro al aire: ¿cuántos no han amado la justicia y aborrecido la iniquidad y han terminado deshonrados por errores de la justicia, atribuibles a jueces que odian?