28 de marzo de 2024

Congreso dará empuje a estabilidad jurídica de FF.MM.

6 de agosto de 2012
6 de agosto de 2012

Tras la cita, Barreras dijo que encontró un clima de colaboración armónica para sacar adelante la agenda legislativa en materia de seguridad.
En ese sentido, aseguró que el Congreso dará total respaldo al proyecto encaminado a robustecer el fuero militar.

“La seguridad jurídica de las Fuerzas Militares, la aprobación del Fuero Militar, mejores condiciones para el trabajo policial y un Estatuto contra la criminalidad urbana, serán las prioridades concertadas entre el ministro de Defensa y el Congreso”, explicó.

“El jefe de esta cartera y el alto mando están cumpliendo a cabalidad con su desempeño, pero necesitan más instrumentos, seguridad jurídica y el acompañamiento de la población colombiana”, manifestó.

Al proyecto de fuero militar le restan cuatro debates para ser una reforma constitucional.

La iniciativa ya superó los cuatro primeros debates en el Senado y la Cámara de Representantes y deberá ser aprobado en su totalidad antes del próximo 16 de diciembre cuando se cierran las sesiones ordinarias del Congreso.

Principales puntos del fuero militar. Delitos que van a Cortes militares

Así las cosas, en ningún caso la justicia penal militar o policial conocerá de los “delitos de genocidio, desaparición forzada, tortura, ejecución extrajudicial, desplazamiento forzado, violencia sexual, y reclutamiento o uso de menores”.

Sin embargo, las infracciones al derecho internacional humanitario cometidas por miembros de la Fuerza Pública, salvo los delitos anteriores, serán conocidas exclusivamente por las cortes militares o policiales.

Tribunal de Garantías

De otro lado, se creará un Tribunal de Garantías Penales que tendrá competencia para ejercer como juez de control de garantías (como el de la justicia ordinaria) en cualquier investigación o proceso penal que se adelante contra miembros de la Fuerza Pública.

Esa comisión tendrá la función de “controlar la acusación penal contra miembros de la Fuerza Pública, con el fin de garantizar que se cumplan los presupuestos materiales y formales para iniciar el juicio oral”. Igual, el Tribunal deberá dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre la Jurisdicción Ordinaria y la Jurisdicción Penal Militar.

Comisión mixta

En el mismo sentido, en la justicia penal militar excepcionalmente podrá intervenir una comisión técnica de coordinación integrada por representantes de la jurisdicción penal militar y de la jurisdicción penal ordinaria, para definir la competencia de la justicia ordinaria o militar cuando exista alguna duda.

Defensa técnica

También el proyecto establece la creación de un fondo destinado específicamente a financiar el sistema de defensa técnica y especializada de los miembros de la Fuerza Pública.
Ese nuevo sistema estará bajo la dependencia, orientación y coordinación del Ministerio de Defensa Nacional.

Cárcel especializada

Los miembros de la Fuerza Pública cumplirán la detención preventiva en centros de reclusión establecidos para ellos y cuando no existan esos centros penitenciarios, en las instalaciones de la unidad a la cual pertenezcan. “Cumplirán la condena en centros penitenciarios y carcelarios establecidos para miembros de la Fuerza Pública”, advierte el proyecto.