29 de marzo de 2024

Corte rechazó tutela presentada por excongresista Martha Lucía Ramírez

1 de junio de 2012
1 de junio de 2012

Con esta decisión se dejó en firme la decisión tomada por la Sección Quinta del Consejo de Estado había anulado la elección de la exministra de Defensa como senadora en el año 2009, al considerar que había quedado inhabilitada para ocupar la curul que obtuvo, luego de celebrar un contrato con la Nación para la promoción del Tratado de Libre Comercio dentro de los seis meses previos a la contienda electoral de 2006, en la cual aspiraba a la legislatura.

Por los mismos hechos fue demandada su investidura, en momentos en los que había inscrito su nombre para aspirar a la Presidencia de la República; la acción buscaba que se le sancionara con la inhabilidad permanente para ocupar cargos de elección popular, en vista de que la Sección Quinta había concluido que la dirigente había violado el régimen de inhabilidades e incompatibilidades.

Sin embargo, la Sala Plena del alto tribunal contradijo el fallo y consideró que no había razones para sancionar a Ramírez, luego de una apretada discusión que obligó al nombramiento de dos conjueces; esta decisión le permitió a la excongresista continuar con sus aspiraciones políticas, tras el rechazo a la demanda de pérdida de investidura.

El accionante, al ver la disparidad en los conceptos de una misma colegiatura interpuso una acción de tutela que fue negada y que fue escogida para revisión por parte de la Corte Constitucional. El ponente considera que la tesis válida fue la aplicada por la Sala Plena y no la de la Sección Quinta, por cuanto se le debe confirmar la investidura y revocar la sentencia a través de la cual se declaró nula su elección como senadora.