28 de marzo de 2024

Aprueban reforma a la Justicia con completo ‘revolcón’ al sistema judicial

15 de junio de 2012
15 de junio de 2012

Colombia se verá abocado en los próximos días a un completo ‘revolcón’ en la administración de justicia del país.

La Cámara de Representantes aprobó en último debate en la plenaria de la corporación el proyecto de acto legislativo de reforma a la justicia.
La iniciativa establece varias medidas alrededor de la administración de justicia, principalmente porque ahora serán abogados y notarios, quienes de manera “excepcional” podrán administrar justicia.

Congresistas, con dos instancias para pérdida de investidura, y se les amplía periodo a magistrados.

Durante dos tortuosas jornadas, la plenaria de la Cámara discutió y votó en último debate el proyecto de reforma constitucional.

Entre lo aprobado está la incorporación de una doble instancia en los procesos de pérdida de investidura de los congresistas y la eliminación de la violación al régimen de inhabilidades como causal de esta sanción.

Igualmente, a los actuales magistrados de las altas cortes se les ampliará el periodo de 8 a 12 años y la edad de retiro forzoso de 65 a 70 años.

La independencia económica de la Rama judicial, la ampliación del período de los magistrados, la edad de retiro y las funciones del Sistema de Gobierno de Administración Judicial se destacan entre los puntos de la Reforma a la Justicia aprobados, que tras ser conciliados pasarán a sanción presidencial y a control constitucional.

A última hora fue incluido un nuevo artículo que se refiere a la Silla Vacía y señala que los congresistas sólo podrán ser reemplazados en caso de muerte, renuncia, incapacidad física o permanente; se destaca que fue eliminada la causal de retiro por delitos relacionados con grupos armados al margen de la ley.

También se logró la supresión de la Comisión de Acusaciones y el Consejo Superior de la Judicatura, la creación de las nuevas salas de administración de Justicia, la estipulación de nuevas reglas para el juzgamiento de aforados, y la doble instancia para los congresistas.

Cabe destacar que sobre el aumento del período de los magistrados y la edad de retiro, el Ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, expresó que “el Gobierno no está de acuerdo con la extensión del período de los magistrados de las Altas Cortes”.

Dicho altos funcionarios no podrán ser elegidos, con posterioridad, en otra de las corporaciones judiciales, y no podrán optar a los cargos de Procurador, Contralor o Fiscal General de la Nación, durante el período de ejercicio de sus funciones ni dentro los dos (2) años siguientes a su retiro.

Así mismo, se aprobó autonomía judicial que señala que el Gobierno entregará 2 billones de pesos adicionales a la rama judicial por 6 años.

Según el Gobierno Nacional, la entrega de dichos recursos le permitirá a la rama garantizar la independencia económica y se suma a los 2 billones de presupuesto que se asignan para su funcionamiento normalmente.

Igualmente, se aprobó que “los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado serán elegidos por la respectiva Corporación mediante el voto afirmativo de la mayoría absoluta de sus miembros, de listas de diez (10) candidatos conformadas por el Consejo de Gobierno Judicial, previa convocatoria pública realizada bajo criterios objetivos y de conformidad con los principios de transparencia y publicidad”, precisa el texto.

El proyecto pasa a conciliación con el texto de Senado.

Principales puntos del proyecto:

Cambios al sistema de investigación presidencial
Se confirmó la eliminación de la comisión de Acusaciones de la Cámara para dar paso a la comisión de aforados constitucionales. Se transfiere a la ley estatutaria el desarrollo de los procedimientos y requisitos para integrar la comisión de aforados.

Se amplía periodo de magistrados
Se amplía el periodo de los magistrados a 12 años, incluidos, los actuales togados. “Los Magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado serán elegidos para períodos individuales de 12 años, sin posibilidad de reelección y permanecerán en el ejercicio de sus cargos mientras observen buena conducta, tengan rendimiento satisfactorio y no hayan llegado a edad de 70 años”, cita el artículo.

Magistrados elegirán a sus reemplazos por convocatoria pública
Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado serán elegidos por la respectiva corporación mediante el voto afirmativo de la mayoría absoluta de sus miembros, de listas de 10 candidatos conformadas por la Sala de Gobierno Judicial previa convocatoria pública. Es decir, ahora será por cooptación la elección de los juristas.

Notarios y abogados serán jueces
De manera excepcional, tendrán funciones jurisdiccionales los abogados y notarios del país. Según un artículo de la iniciativa, esa medida será regulada por la ley que reglamente el acto legislativo y fungirá sólo de manera transitoria. Aun así, las decisiones adoptadas por abogados y notarios serán apelables ante el superior funcional del juez que hubiese sido el competente en caso de haberse optado por esa vía judicial.
Jueces en todo el país
Habrá al menos un juez en cada municipio del país y en cada departamento al menos un Tribunal contencioso y uno administrativo.

Pérdida de investidura de los legisladores
Para la pérdida de investidura se aprobó la doble instancia en el juzgamiento de los congresistas por parte del Consejo de Estado. Finalmente falló el intento de eliminar las causales para la pérdida de la credencial por peculado y tráfico de influencias.