28 de marzo de 2024

Hecho de intolerancia por parte del técnico de la Selección Colombiana De Fútbol

10 de agosto de 2011
10 de agosto de 2011

Si bien es cada vez mayor la repercusión alrededor de los hechos de violencia en contra de la mujer así como las iniciativas que promueven la equidad y el respeto por el género femenino, el del fin de semana es un hecho que adquiere una doble connotación si se tiene en cuenta que el señor Gómez es una figura pública, al que con ocasión de su calidad de técnico de la selección Colombiana del fútbol, siguen un gran número de aficionados de todas las edades.

Conforme a lo anterior, si bien COLDEPORTES no tiene competencia para investigar y sancionar al personal técnico contratado por las federaciones deportivas nacionales, toda vez que en virtud del artículo 11 del decreto ley 1228 de 1995 las federaciones deportivas “tendrán a su cargo el manejo técnico y administrativo de su deporte en el ámbito nacional y la representación internacional del mismo”, este Instituto solicitará a la Comisión Disciplinaria de la Federación Colombiana de Fútbol que inicie la investigación disciplinaria correspondiente y aplique las sanciones a que haya lugar con base en la transgresión al literal b de la ley 49 de 1993, el cual establece que será una infracción grave a la disciplina deportiva “ los actos notorios y públicos que atenten a la dignidad y decoro deportivo”.

De este modo y como quiera que es deber de todos y cada uno de los colombianos promover acciones que contribuyan a la erradicación definitiva de la violencia en contra del género femenino, el señor Gómez como figura representativa del deporte nacional debe dar ejemplo de buen trato y de respeto no solo en la cancha sino afuera de ella. En este sentido, el Instituto Colombiano del Deporte – COLDEPORTES en desarrollo de su labor misional se une a las voces de repudio en contra de cualquier hecho o manifestación violenta por parte de personas allegadas al deporte que atenten contra la integridad personal de cualquier individuo y contra la convivencia y respeto que deberá rodear la actividad deportiva y exhorta a la comunidad deportiva a ser la principal garante del respeto hacia los derechos de los demás.