28 de marzo de 2024

Mininterior es categórico y aclara que no es verdad que se cree una «policía» en internet

4 de mayo de 2011
4 de mayo de 2011

"No es verdad, insisto, no es verdad que se cree una policía en internet, ni policía ni nada parecido. Esta iniciativa se ajusta plenamente a los principios de no injerencia", dijo el ministro.

El alto funcionario igualmente advirtió que no se pretende sancionar con esta ley a los usuarios de la red.

"¿A quién se pretende sancionar? A quienes publican y comercializan contenidos en internet de los cuales derivan un lucro, se enriquecen con un trabajo que no es el suyo. De manera que esta normatividad está orientada es a ellos, a las personas que fraudulentamente y utilizando internet, se enriquecen, se lucran, comercializan productos que no son suyos, que tienen unos derechos que este proyecto pretende proteger", sostuvo.
 
De la misma manera el ministro Vargas pidió que este debate sea claro y responsable y que como "soldado de esta causa" atenderá las solicitudes y comentarios que la opinión pública estime.
Al respecto, el jefe de la cartera política explicó que desde ya se habilitó la página web www.democraciaenlinea.com para escuchar las inquietudes y observaciones que los ciudadanos tengan respecto de esta ley.

El ministro se mostró complacido por este espacio y anticipó que todas las opiniones serán escuchadas con la mayor atención.

"El Gobierno tiene el mayor interés en que esta iniciativa se debata en toda la extensión de la libertad. Aquí nadie tiene la intención de que pupitree o se ferrocarrilee su aprobación", dijo.

Artistas, escritores, actores, creativos como Jose Gaviria, Peter Manjarrés, Noel Petro "Burro Mocho", Juan Sebastián Aragón, Mauricio y Palo de Agua, Maia, Miguel de Narváez y Jorge Franco, se hicieron presentes en la Comisión Primera del Senado para argumentar por qué se hace necesario para ellos una ley que defienda su autoría y su producción creativa.

PRINCIPALES PUNTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY:
 
•      No se crean nuevas causales de responsabilidad civil penal y administrativa para Proveedor de servicios de Internet, ISP, y usuarios.
 
•      Crea mecanismos de cooperación entre los titulares y los ISP, frente a infracciones a sus derechos cometidas en internet.
 
•      Los ISP no tienen la obligación de supervisar los datos que transmitan, almacenen o refieran.
 
•      Los ISP no tienen la obligación de realizar búsquedas de hechos o circunstancias que indiquen actividades ilícitas.
 
•      Se delimita la responsabilidad de los ISP, frente a infracciones al derecho de autor o conexos cometidos por terceros.
 
•      El retiro del material infractor por parte de los ISP es facultativo, a menos que una autoridad judicial disponga lo contrario.
 
•      No se podrán bloquear páginas web completas, solo contenidos específicos debidamente identificados como infractores al derecho de autor.
 
•      Obliga a los ISP a informar la causa de los retiros, y restaurarlos en caso que exista algún tipo de discrepancia.
 
•      Impone a los jueces la obligación de utilizar criterios de razonabilidad a la hora de decretar medidas cautelares.
 
•      Limita a los jueces para que cuando ordenen una medida cautelar o el bloqueo definitivo de algún material, no afecte los contenidos puestos a disposición legítimamente por los usuarios.
 
•      Solo se castiga la puesta a disposición de obras con fines comerciales en redes informáticas, sin el permiso de los titulares.
 
•      No regula el intercambio de archivos entre usuarios en redes P2P.
 
•      Consagra obligaciones del Estado Colombiano en los TLC firmados con Estados Unidos y la Unión Europea.