29 de marzo de 2024

Reelección inmediata de alcaldes y gobernadores: vuelve y juega

25 de septiembre de 2010
25 de septiembre de 2010

El tema es candente y ha dividido opiniones. Durante los últimos años, esta iniciativa ha vivido diferentes procesos y coyunturas, pero ha sido desestimada por el legislativo.
 
Quienes la acompañan como los senadores Roy Barreras, ponente y del Partido de la U y el congresista conservador Eduardo Enríquez, afirman que si está  permitida la reelección presidencial, de los senadores, representantes, diputados y concejales, es justo permitir la de alcaldes y gobernadores. Los que no comparten los términos de proyecto, aseveran que ratifica el rompimiento en las reglas de juego institucionales.
El pasado 27 de agosto, el Ministro del Interior y la Justicia, Germán Vargas Lleras, radicó el proyecto de ley que permitiría la reelección. Vargas Lleras    también había promovido la propuesta, cuando era el presidente del Senado.

La ley estatutaria regularía las condiciones para que las campañas de elección inmediata de gobernadores y alcaldes se desarrollen con plena garantía de la igualdad electoral entre los candidatos, y contendrá entre otros aspectos, los términos en que los gobernadores y alcaldes en ejercicio podrán participar en los mecanismos democráticos de selección, las garantías a la oposición, derecho al acceso equitativo a los medios de comunicación que hagan uso del espectro electromagnético, financiación de campañas políticas, derecho de réplica en condiciones de equidad cuando el gobernador o alcalde sean candidatos según sea el caso, y normas sobre inhabilidad para candidatos.
Los alcaldes y gobernadores en ejercicio que aspiren a su reelección inmediata, sólo podrán participar en las campañas electorales desde el momento de la inscripción de su candidatura.

Durante la campaña para su reelección inmediata los gobernadores y alcaldes no podrán utilizar bienes del Estado o recursos del tesoro público, distintos de aquellos que se ofrezcan en igualdad de condiciones a todos los candidatos. Se exceptúan los destinados al cumplimiento de las funciones propias de sus cargos y a su protección personal, en los términos que señale la ley estatutaria.

Los gobernadores y los alcaldes serán elegidos popularmente para períodos institucionales de cuatro años y solo podrán ser reelegidos para el siguiente período.

La iniciativa señala que la reelección es una posibilidad que permitiría asegurar mayor continuidad en políticas y planes de acción y transformar las visiones cortoplacistas en el ejercicio de la política. El restablecimiento de la reelección de mandatarios departamentales y municipales llevaría al país a que las políticas públicas y los planes departamentales, distritales y municipales se diseñen con una proyección de más largo plazo, y a que su ejecución permita obtener logros significativos y más sólidos.

Afirman sus defensores que con la reelección podrían disminuir los cambios bruscos y permanentes en las políticas, sus estancamientos o retrocesos, y el inicio de nuevas acciones cada cuatro años, que no permiten consolidar los avances del proceso de desarrollo. Esto no significa tampoco que se imponga alguna rigidez frente a la planeación pública, porque es claro que en caso de darse la reelección, siguen vigentes las normas relativas al Plan de Desarrollo que permiten que al cabo de cuatro años se realicen las evaluaciones y los replanteamientos del caso. De todas formas, no se puede desconocer que una reelección consecutiva debe ir acompañada de previsiones que eviten un eventual anquilosamiento del poder o conductas de abuso frente a los recursos públicos.

Planteada está una nueva reforma constitucional que les permitirá a los mandatarios regionales buscar su elección consecutiva, pero el primer paso de ocho y vida jurídica a la figura de la reelección inmediata, está en manos de los senadores que integran la Comisión Primera.