29 de marzo de 2024

Procuraduría pidió desestimar solicitudes de pérdida de investidura de senadores Rosero y Gómez

17 de noviembre de 2009
17 de noviembre de 2009

En audiencia pública cumplida en la tarde de hoy el Procurador Séptimo Delegado ante el Consejo de Estado, Gilberto Castro Castro, indicó que no existe material probatorio suficiente para decretar la pérdida de investidura del Senador Manuel Enrique Rosero.

Señaló que si bien la demanda se fundamentó en un artículo de prensa publicado en la revista Semana, en el proceso no se encontraron pruebas sólidas que comprometieran la responsabilidad del Senador Rosero con las conductas para demostrar violación al régimen de incompatibilidades y en consecuencia prosperar la pérdida de investidura.

De acuerdo con el demandante, el Senador Rosero habría incurrido en conflicto de intereses al haberse valido de su investidura para que se nombrara como Director General del Instituto Nacional de Salud, al señor Luís Eduardo Mejía Mejía y hacer modificar el manual de requisitos de esta entidad para lograr los nombramientos de su hermano y un amigo personal como Secretario General y Asesor Jurídico, respectivamente.

En otra audiencia cumplida en la tarde de hoy ante la Sala Plena del máximo tribunal de lo contencioso administrativo, el Procurador Tercero Delegado ante el Consejo de Estado, Fernando Brito Ruiz, precisó que no son suficientes las pruebas que obran dentro del proceso para que se decrete la pérdida de investidura en contra del Senador Jorge Enrique Gómez Montealegre.

Mencionó que el cargo por supuesto conflicto de intereses al participar en la elección del Procurador General de la Nación, no tiene fundamento, en razón a que para ese momento no cursaban en el órgano de control investigaciones en contra del Senador Gómez, que le obligaran a declararse impedido en el proceso.

De otra parte, refirió que no existe impedimento legal para que el Senador Gómez Montealegre adelante actividades pastorales en la iglesia de la que hace parte y que no se ha demostrado que reciba emolumento alguno por estos oficios que pueda comprometer su condición de Senador de la República.