29 de marzo de 2024

Se acaba plazo para que los remisos solucionen su situación militar

25 de junio de 2009
25 de junio de 2009

Gracias a esta amnistía, los beneficiarios podrán resolver su situación sin tener que pagar la multa de dos salarios mínimos anuales, por cada año de retraso.

La decisión fue adoptada luego de la aprobación de la Ley 1243, que tuvo en cuenta la situación económica de estos ciudadanos, la mayoría de estratos uno y dos. El único costo que deben asumir, cercano a los 50.000 pesos, es el de una multa por no haber resuelto su situación, así como la laminación y expedición de la libreta militar.  

Los hombres que no asisten a la convocatoria de prestación del servicio militar obligatorio son catalogados como remisos.

Normalmente, los distritos militares reciben a los remisos, menores de 25 años, les hacen una Junta de Remisión, y si presentan una excusa válida por la inasistencia al servicio militar, como prisión, enfermedad o muerte de un familiar en primer grado de consanguinidad, tienen la oportunidad de solicitar la libreta, después de pagar una multa de dos salarios mínimos anuales, por cada año de retraso.  

El remiso mayor de 25 años debe presentarse en un distrito militar de cualquier ciudad del país o en la sede donde fue convocado la primera vez, y además, debe llevar dos fotos de frente, fondo azul de 3×3, 4 cm, fotocopia de la cédula ampliada en un 150 por ciento, y si es bachiller, fotocopia del diploma o acta de grado.